Un proyecto busca gravar con Ganancias a los CEDEARs comprados desde el 31 de octubre de 2026
La iniciativa, que todavía necesita la aprobación de ambas cámaras, equipararía el costo fiscal de comprar acciones extranjeras directamente con el de hacerlo a través de CEDEARs.

Un proyecto de ley en tratamiento parlamentario propone aplicar el impuesto a las Ganancias a las operaciones con CEDEARs, certificados que hoy gozan de una exención y que replican activos extranjeros dentro del mercado argentino.
Los CEDEARs se compran y venden en el mercado local, pero representan inversiones en acciones, bonos u otros activos que cotizan en el exterior. Su precio varía según la cotización del activo subyacente en su mercado de origen y según el valor del dólar financiero, una característica que los volvió atractivos para ahorristas e inversores que buscan dolarizarse sin salir del sistema local.
Alícuota del 15% y corte al 31 de octubre de 2026
Según lo informado por Sebastián Domínguez, titular de SDC Asesores Tributarios, la alícuota que se aplicaría sería del 15%. El cambio no tendría efecto retroactivo: solo alcanzaría a los certificados adquiridos a partir del 31 de octubre de 2026, fecha que el proyecto fija como corte. Quienes ya tienen CEDEARs en cartera no quedarían alcanzados de forma retroactiva.
El esquema propuesto se conoce como transparencia fiscal o look-through. Bajo este criterio, si el activo que está detrás del certificado hubiera estado gravado en una compra directa, el CEDEAR que lo representa quedaría sujeto al mismo tratamiento. Hasta ahora, en cambio, esos certificados quedaban amparados por la misma exención que se aplica a los valores negociables argentinos.
Qué cambia frente a la compra directa
- Hoy, quien compra directamente una acción extranjera paga Ganancias.
- Quien accede al mismo activo mediante un CEDEAR puede quedar exento.
- Con la nueva regla, ambas vías tendrían el mismo costo impositivo.
- Las carteras armadas antes del 31 de octubre de 2026 no cambiarían de situación bajo la propuesta vigente.
Para un inversor minorista, el impacto dependerá del rendimiento obtenido y del momento en que compró sus posiciones. El proyecto todavía debe ser aprobado por ambas cámaras del Congreso para convertirse en ley y, mientras tanto, el régimen de exención sigue vigente.
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