Las pymes ganan más tiempo: el plan de pagos en cuotas del fisco se extiende hasta junio de 2027
ARCA amplió el régimen de facilidades para MiPymes, pequeños contribuyentes y entidades sin fines de lucro, con deudas vencidas hasta el 31 de octubre de 2026 y hasta 18 cuotas para las empresas más chicas.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) publicó en el Boletín Oficial la Resolución General 5924/2026, que amplía el régimen especial de facilidades de pago destinado a micro, pequeñas y medianas empresas, pequeños contribuyentes y determinadas entidades sin fines de lucro. Desde mi lugar de cronista del sector, creo que la medida llega en un momento en que muchos productores y empresas familiares necesitan respirar, y por eso conviene leer con atención qué cambia exactamente y qué no.
Qué cambia respecto del esquema original
El cambio central es el corrimiento de la fecha de corte. El régimen original alcanzaba a las deudas vencidas hasta el 30 de junio de 2026, y ahora ese límite pasa al 31 de octubre de 2026. Además, el período de adhesión se extiende: en lugar del 30 de diciembre de 2026, los interesados podrán sumarse hasta el 30 de junio de 2027.
Quiénes pueden acceder y qué se puede regularizar
- Micro y pequeñas empresas.
- Medianas empresas de los tramos 1 y 2.
- Pequeños contribuyentes.
- Determinadas entidades sin fines de lucro.
- Obligaciones impositivas, aduaneras y de recursos de la seguridad social.
- Multas aplicadas hasta el 31 de octubre de 2026.
Condiciones de financiación
Las condiciones de financiación se mantienen iguales a las del esquema original. Las micro y pequeñas empresas, junto con los pequeños contribuyentes, pueden acceder a hasta 18 cuotas mensuales para obligaciones generales. Las medianas empresas de los tramos 1 y 2 tienen un tope de 15 cuotas.
Cuándo y cómo se carga la deuda
Aunque la resolución ya está vigente, la carga de las nuevas deudas en el sistema «Mis Facilidades» quedará habilitada recién a partir del 16 de noviembre de 2026, bajo la opción «Régimen Especial de Facilidades de Pago, Obligaciones vencidas al 31/10/2026». Hasta esa fecha, el sistema no permitirá incorporar obligaciones con vencimiento posterior al 30 de junio. El trámite se realiza de forma online a través de ese servicio del organismo recaudador.
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