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Sábado, 17 de octubre de 2026
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Latido Riojano

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La Asignación por Embarazo elimina el trámite presencial para acreditar controles médicos a partir de noviembre

Una resolución de la ANSES publicada en octubre cambia la lógica de verificación: el cruce de datos con el Ministerio de Salud reemplaza la presentación de papeles para las titulares de la Asignación por Embarazo para Protección Social. Los montos de la prestación se mantienen.

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Valeria OcampoEconomía y producción · · 3 min de lectura
La Asignación por Embarazo elimina el trámite presencial para acreditar controles médicos a partir de noviembre

Desde el 1° de noviembre las titulares de la Asignación por Embarazo para Protección Social no tendrán que presentar documentación para acreditar los controles médicos de seguimiento, ya que la ANSES verificará el cumplimiento de los requisitos sanitarios en forma directa con la información que remita el Ministerio de Salud. La medida fue oficializada mediante la Resolución 297/2026, publicada en el Boletín Oficial el 15 de octubre, y alcanza a las asignaciones puestas al pago desde esa fecha.

Una acreditación automática que evita 6 de cada 10 presentaciones presenciales

Hasta ahora, cuando la ANSES no disponía de los registros de salud de la beneficiaria, la titular debía acercar la documentación respaldatoria de manera presencial o digital para no perder el derecho al cobro. Con la nueva modalidad, el organismo previsional cruza mensualmente la base de beneficiarios con la información que le envía el Ministerio de Salud, en un esquema similar al que ya se aplica a la Asignación Universal por Hijo, aunque con el componente específico de los controles prenatales.

La incorporación del cruce automatizado tiene su mayor impacto en la acreditación del 20% acumulado de la asignación, que se liquida en un pago único una vez concluido el embarazo. Para percibir ese monto la beneficiaria debe demostrar tanto la finalización de la gestación como el cumplimiento de la totalidad de los controles médicos establecidos por el protocolo sanitario. La finalización del embarazo se sigue acreditando con la partida o el certificado de nacimiento, el certificado de defunción o el certificado médico de interrupción, según corresponda; la automatización alcanza exclusivamente a la verificación de los controles.

  • La Acreditación se hará con los registros del Ministerio de Salud
  • La fecha de puesta al pago de la asignación debe ser posterior al 1° de noviembre
  • La finalización del embarazo sigue requiriendo partida o certificado de nacimiento, defunción o interrupción
  • Si los datos oficiales resultaran insuficientes, la titular conserva la opción de presentar documentación de respaldo
  • Los montos mensuales y el pago acumulado al finalizar la gestación no sufren variaciones

Cifras y comparaciones: el cambio respecto del esquema 2025

La Resolución 297/2026 modifica el procedimiento vigente durante 2025, cuando la acreditación de los controles quedaba sujeta casi en forma exclusiva a la presentación de certificados médicos, formularios del profesional tratante y constancias de estudios prenatales por parte de la titular. Con el nuevo régimen, la carga de la prueba se traslada del hogar al sistema de interoperabilidad de bases de datos entre la ANSES y el Ministerio de Salud, lo que en la práctica reduce la cantidad de trámites presenciales y documentales asociados a la percepción de la prestación.

Los montos de la Asignación por Embarazo para Protección Social no se modifican con esta resolución. La prestación abona mensualmente el 80% del valor de la asignación desde la semana 12 de gestación hasta la última semana del embarazo, y el 20% restante en un pago único al concluir la gestación, una vez verificados los controles. La vía documental no se elimina: ante la falta de información suficiente en los registros oficiales o ante un reclamo, la titular podrá acreditar los requisitos con la documentación de respaldo correspondiente.

En los hechos, el cambio significa para la familia riojana un ahorro concreto de tiempo y traslados: la beneficiaria que cumpla con los controles prenatales en el sistema público de salud no deberá concurrir a una oficina de la ANSES ni cargar formularios digitales para sostener el cobro mensual ni para acceder al pago acumulado del 20% al cierre del embarazo, siempre que la información figure en los registros que el Ministerio de Salud remita al organismo previsional. Cuando esos datos no lleguen o sean incompletos, la titular conserva intacta la posibilidad de acreditar los controles con la documentación tradicional.

VO
Valeria OcampoEconomía y producción

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