Empleadas domésticas con cuatro horas semanales: cuánto cobran en septiembre y cómo se arma la nueva escala
La actualización del 1,8% sobre agosto y la incorporación gradual de un adicional extraordinario reconfiguran los pisos del personal de casas particulares; las categorías más altas superan los veinte mil pesos por esa jornada reducida.

Septiembre llega con un ajuste del 1,8% sobre los valores de agosto para el personal de casas particulares, un movimiento que parece pequeño en el papel pero que, cuando se lo lleva al mostrador mes a mes, termina reconfigurando la economía de miles de hogares argentinos que contratan ayuda por pocas horas a la semana, y por eso me parece importante repasar uno por uno los nuevos pisos que rigen desde este mes, porque en un segmento donde la informalidad todavía pesa, conocer la cifra exacta es la primera defensa que tiene tanto la trabajadora como quien la emplea.
La escala vigente fija valores mínimos que van de $15.658,56 a $20.198,32 por cuatro horas semanales, según la tarea que realice la trabajadora y si vive o no en el hogar donde presta servicios, una franja amplia que depende casi exclusivamente de dos variables: el tipo de labor y la modalidad de retiro, y esa combinación, créanme, suele ser motivo de confusión en cada paritaria, porque no es lo mismo una persona que cuida adultos mayores sin pernoctar que una casera que efectivamente duerme en la casa.
Los pisos por categoría para cuatro horas semanales
- Personal de tareas generales con retiro: $15.658,56, resultado de multiplicar por cuatro el piso horario de $3.914,64.
- Personal de tareas generales sin retiro: $16.743,76, con un valor por hora de $4.185,94.
- Asistencia y cuidado de personas con retiro: $16.743,76.
- Asistencia y cuidado de personas sin retiro: $18.567,60.
- Caseros y caseras (siempre con retiro incluido): $16.743,76.
- Tareas específicas: entre $17.690,16 y $19.239,20 según la modalidad.
- Supervisoras con retiro: $18.581,32; sin retiro: $20.198,32, el techo de la escala.
Cuando una trabajadora cumple funciones que corresponden a más de una categoría, la norma indica que debe encuadrarse según la actividad principal que realiza habitualmente, una definición clave que evita que un empleador termine pagando el sueldo más bajo argumentando que la empleada “hace un poco de todo”, y que en la práctica se transforma en la primera discusión cuando alguien se presenta en una audiencia de trabajo sin tener claro qué tarea predominante va a firmar en el recibo.
El cronograma de aumentos y el adicional extraordinario
El ajuste de septiembre es del 1,8% sobre las remuneraciones de agosto, y la resolución que lo establece también fija incrementos para los meses siguientes: 1,7% en octubre y 1,6% tanto en noviembre como en diciembre, siempre aplicados sobre los valores del período anterior, una escalera descendente que muestra a las claras cómo se va mordiendo el poder adquisitivo si la inflación no afloja al mismo ritmo, y es ahí donde la cifra nominal deja de ser tranquilizadora para pasar a ser apenas una referencia formal.
A ese cronograma se suma la incorporación gradual de una suma extraordinaria que correspondió a agosto: las trabajadoras con menos de doce horas semanales recibieron ese mes un adicional de $8.000, un importe que ahora se integra al salario básico en tres tramos sucesivos —$2.000 en septiembre, $4.000 en octubre y $2.000 en noviembre— hasta completar el total, y ese mecanismo de “blanquear” la suma por partes es, en mi lectura, una manera de estirar el impacto presupuestario del Estado sin perder la foto del refuerzo en el bolsillo de quien cobra.
La escala mensual, que corre por carriles separados
Para quienes trabajan en modalidad mensualizada los valores son distintos y mucho más altos, porque allí no se cuenta la hora sino el mes completo, y septiembre muestra un piso de $480.247,85 para tareas generales con retiro que trepa hasta $529.261,78 sin retiro, mientras que las supervisoras mensualizadas perciben desde $579.493,14 con retiro hasta $640.641,55 sin retiro, cifras que ponen en perspectiva la discusión de siempre: que la diferencia entre “cuatro horas” y “mensual” no es una cuestión de proporcionalidad simple, sino de un régimen laboral con reglas propias.
La escala fija pisos legales, y eso conviene repetirlo: empleadores y trabajadoras pueden acordar remuneraciones superiores a los montos definidos en la norma, de modo que el número publicado no es un techo sino un suelo, y en un país donde el trabajo doméstico fue históricamente uno de los más precarizados, ese suelo es, a la vez, una conquista y una limitación, porque mientras no se discutan otros componentes —aportes, antigüedad, zona desfavorable, aguinaldo proporcional para quienes trabajan pocas horas— el debate seguirá dejando afuera a miles de mujeres que entran y salen de las casas ajenas sin que nadie les firme un recibo.
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