Comercio: en septiembre cobran con suba del 1,9% y la segunda cuota del plus extraordinario de 25.000 pesos
El acuerdo paritario ya homologado fija básicos de hasta 1.322.132 pesos para cajeros, auxiliares y vendedores, mantiene la suma fija de 120.000 pesos y prevé una cláusula de revisión en octubre.

Los empleados de comercio encuadrados en el Convenio Colectivo de Trabajo N° 130/75 percibirán durante septiembre de 2026 los haberes correspondientes a agosto, con un incremento del 1,9 por ciento aplicado sobre las escalas básicas vigentes en junio, en el marco del tercer tramo de la paritaria trimestral firmada entre la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Armadores (FAECYS), la Cámara Argentina de Comercio (CAC), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) y la Unión de Entidades Comerciales Argentinas (UDECA). Respecto de septiembre de 2025, cuando los básicos de la actividad se ubicaban en niveles sensiblemente inferiores, la mejora nominal acumulada refleja el impacto de los sucesivos acuerdos firmados a lo largo del último año, aunque en términos reales la evolución depende de la dinámica inflacionaria que prevalezca en el período.
Los tres básicos de agosto: de 1.305.461 a 1.322.132 pesos
Las escalas brutas aplicables al mes devengado en agosto contemplan tres segmentos principales. El personal de maestranza cobra 1.305.461 pesos, los administrativos perciben 1.317.965 pesos y los trabajadores de las categorías más altas —cajeros, auxiliares y vendedores— alcanzan un básico de 1.322.132 pesos. Sobre esas cifras se liquida además la segunda cuota de 25.000 pesos correspondiente a una asignación extraordinaria no remunerativa que se abonó por única vez en el acuerdo vigente, prorrateada para quienes cumplen jornadas reducidas o contratos a tiempo parcial.
El convenio mantiene, como concepto separado y no remunerativo, una suma fija de 120.000 pesos mensuales. Ese monto será incorporado de manera gradual al básico mediante seis cuotas de 20.000 pesos cada una, distribuidas entre diciembre de 2026 y mayo de 2027, según el cronograma de blanqueo pactado por las partes.
Adicionales por función, kilómetros y antigüedad
Sobre los básicos se aplican diversos suplementos cuyo valor depende de la tarea desempeñada. Los cajeros de las categorías A y C perciben un adicional de 144.198,68 pesos, mientras que los de la categoría B cobran 567.825,83 pesos, con un plus mensual adicional por faltante de caja de 1.635,18 pesos. Los armadores de vidriera reciben un suplemento de 46.042,28 pesos. Los choferes y sus ayudantes cobran montos por kilómetro recorrido: 118,55 y 96,52 pesos respectivamente en los primeros cien kilómetros, con valores superiores en los tramos más extensos. A esos conceptos se suma el adicional por antigüedad, equivalente al uno por ciento del salario por cada año de servicio en la empresa, calculado sobre el total de los conceptos remunerativos y no remunerativos, y la asignación por presentismo, que se aplica sobre los rubros liquidados en el mes.
- Maestranza: básico de 1.305.461 pesos.
- Administrativos: básico de 1.317.965 pesos.
- Cajeros, auxiliares y vendedores: básico de 1.322.132 pesos.
- Asignación extraordinaria no remunerativa: segunda cuota de 25.000 pesos.
- Suma fija no remunerativa: 120.000 pesos, con blanqueo en seis cuotas de 20.000 entre diciembre de 2026 y mayo de 2027.
- Adicional cajero A y C: 144.198,68 pesos.
- Adicional cajero B: 567.825,83 pesos más 1.635,18 por faltante de caja.
- Armadores de vidriera: 46.042,28 pesos.
- Choferes: 118,55 pesos por kilómetro hasta cien kilómetros.
- Ayudantes de choferes: 96,52 pesos por kilómetro hasta cien kilómetros.
- Antigüedad: uno por ciento por cada año trabajado.
- Presentismo: porcentaje sobre los conceptos liquidados en el mes.
Cláusula de revisión en octubre y revisión por la Autoridad de Aplicación
El acuerdo homologado contempla una cláusula de revisión para octubre de 2026, momento en el que las partes evaluarán la evolución de los principales índices económicos y, de corresponder, definirán los ajustes aplicables al último tramo del año. Hasta tanto se produzca esa instancia, los sueldos de comercio de septiembre mantienen los valores descriptos y quedan sujetos al control de la Autoridad de Aplicación, que debe verificar la correcta liquidación de los conceptos remunerativos y no remunerativos en cada recibo.
Para el bolsillo de una familia riojana que dependa de un ingreso formal del sector comercio, el impacto inmediato se traduce en un recibo bruto de entre 1.305.461 y 1.322.132 pesos según la categoría, al que se suman los 25.000 pesos de la segunda cuota del plus extraordinario y los adicionales por función, antigüedad y presentismo. De esos montos deben descontarse las cargas sociales y el Impuesto a las Ganancias cuando corresponda, de modo que el acreditado final puede diferir en forma significativa del básico de referencia. La familia debe controlar que el recibo incluya tanto los tres tramos de la suba trimestral ya liquidados como la suma fija no remunerativa y, en su caso, prorratear el impacto si alguno de los integrantes trabaja jornada parcial.
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